El artículo 28 prohíbe los monopolios y las prácticas monopólicas, aunque reconoce ciertas funciones del Estado y áreas estratégicas que no se consideran monopolios. Es central para la política de competencia y la estructura económica de la Constitución.
Para estudiar, el artículo 28 es el artículo de los monopolios. Si una pregunta pide qué artículo prohíbe los monopolios, la respuesta es el artículo 28.