El artículo 32 regula temas relacionados con mexicanos y extranjeros, incluyendo la preferencia de mexicanos sobre extranjeros en ciertos empleos, cargos y concesiones cuando la ley lo exige. También trata límites vinculados con la doble nacionalidad y puestos relacionados con intereses nacionales.

Para estudiar, el artículo 32 trata de la distinción legal entre mexicanos y extranjeros en ciertos contextos públicos o estratégicos. No es el artículo que define la nacionalidad; ese es el artículo 30.