El artículo 5 protege la libertad de trabajo, profesión, industria o comercio, siempre que la actividad sea lícita. También limita el trabajo forzado y establece que nadie puede ser impedido de dedicarse a una ocupación lícita salvo bajo condiciones legales.
Para preguntas de ciudadanía, el artículo 5 es el artículo del trabajo y la profesión. Conviene relacionarlo con la libertad de elegir un empleo o profesión lícita.